Calcula el valor de tu póliza al contratar tu seguro en Dénia y la Marina Alta

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Cuando vayáis a contratar una póliza es muy importante calcular el valor del bien de forma correcta. De lo contrario, y desde la experiencia de Seguros Javier Seguí como Mediador de Seguros titulado en Dénia, corréis el riesgo de que la indemnización que vayáis a cobrar pueda ser insuficiente en caso de que  el valor de los bienes sean superior a los declarados en la póliza (infraseguro), o sea inferior (sobreseguro).

Confiar en un Mediador de Seguros

Tanto el Infraseguro como el Sobreseguro son dos expresiones que generan muchos problemas a los asegurados, ya que a la hora de la indemnización nos podemos llevar sorpresas muy desagradables que se hubieran podido evitar calculando correctamente el valor del bien asegurado. Por este motivo desde Seguros Javier Seguí hacemos hincapié en la importancia de confiar en en un Mediador de Seguros Titulado, cuya formación y experiencia servirán para asesoraros de forma correcta con el objetivo de evitar complicaciones innecesarias.

La situación de Infraseguro se produce cuando el valor de los bienes es superior a los realmente declarados en nuestra póliza de seguro, por tanto, cuando esto se produce, el asegurador (nuestra compañía de seguros), sólo indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquella cubre el interés asegurado. Es lo que denominamos aplicación de la regla proporcional, así lo dispone el artículo 30 de la Ley del Contrato del Seguro. Con este ejemplo lo vamos a entender mejor: Si se ha valorado el mobiliario de un piso en 30.000 euros cuando en realidad vale 90.000, en caso de siniestro se satisfará la proporción resultante de esa relación (un tercio). Por tanto si sufrimos un robo por valor de 18.000 euros, nos indemnizarán con 6.000 euros.

El valor del bien asegurado

Este ejemplo nos viene a demostrar la importancia que puede llegar a tener la correcta valoración del interés asegurado a la hora de contratar una póliza de seguros. Esta regla se aplicará en casos de siniestro parcial, en los casos de siniestro total el asegurado sólo percibirá la indemnización pactada. Las compañías de seguros, siendo conscientes de lo difícil que es evaluar con exactitud el valor del interés asegurado, dan un margen de error que puede oscilar entre un 15 y un 25%, entre el valor real y el declarado en póliza, por ello si se está dentro de ese margen, no es de aplicación la regla proporcional.

El Sobreseguro es todo lo contrario a lo expuesto anteriormente y se produce cuando la suma asegurada supera considerablemente el valor del bien asegurado. Esto no tiene mucho sentido ya que no es lógico que el propietario de un piso a quien le consta que su bien vale 150.000 euros, lo quiera asegurar por 300.000. En el supuesto de que su piso se incendiase, se le indemnizaría por un máximo de 150.000 euros y no los 300.000 declarados en póliza.

Si el Sobreseguro se debe a mala fe del cliente, la entidad aseguradora está autorizada a que se declare nulo el contrato y además podrá retener las primas vencidas y las del periodo en curso.

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